viernes, 5 de junio de 2015

Métodos democráticos de resolución de conflictos.
La democracia necesita llegar a la formulación de reglas aceptadas por los perticipantes, y estas reglas establecen límites a los conflictos. Lo que se pretende no es poner fin a los conflictos sino reglamentar su manifestación con el fin de que sea lo menos destructiva posible para los actores en juego.

Acuerdos mínimos para la coherencia social.
Los medios alternativos, consisten en diversos procedimientos mediante los cuales las personas involucradas puedan resolver sus controversias, sin necesidad de una intervención jurisdiccional. Básicamente, se pueden citar para la solución de conflictos los siguientes: Negociación, Mediación, conciliación y arbitraje.

Negociación:
procedimiento en el cual dos partes de un conflicto intercambian opiniones sobre el mismo y se formulan mutuamente propuestas de solución.

Mediación: 
Procedimiento en el cual dos partes de un conflicto se reúnen con un tercero, ajeno e imparcial, que facilita la comunicación entre aquellas para que puedan delimitar el conflicto y encontrar su solución. El tercero no hace proouestas de arreglo.

Conciliación:
Procedimiento en el cual dos partes de un conflicto se reúnen con un tercero, ajeno e imparcial, que facilita la comunicación entre las personas enfrentadas para delimitar y solucionar el conflicto, y que además formula propuestas de solución.

Arbitraje: 
Procedimiento en el cual un tercero, ajeno e imparcial que no cumple funciones de juez público y que ha sido nombrado o aceptado por las partes, resuelve un litigio mediante una decisión vinculada y obligatoria.

EL BUEN MODO DE TRANSITAR LOS CONFLICTOS
Los conflictos pueden generar situaciones positivas o negativas, dependiendo de cómo se procesen:

El buen modo de transitar los conflictos.

  • Promueve o refuerza la identidad de los grupos.
  • Refuerza la cohesión interna de los grupos.
  • Fomenta la conciencia de cosas en común y aproxima a los beligerantes.
  • Establece o mantiene un equilibrio del poder.
  • Promueve el desarrollo de interacciones útiles con otros.
  • Estimula el desarrollo de sistemas equitativos de prevención, manejo y solución de conflictos.
Disfunciones del conflicto (cambios negativos)


  • Pone en peligro los propios intereses manifiestos.
  • Encierra a personas y grupos en las posturas manifestadas públicamente. 
  • Crea la desunión entre quienes necesitan y hasta desean estar unidos. 
  • Promueve la acción - reacción en lugar de respuestas estudiadas. 
  • Pone en peligro el desarrollo de una alianza o coalición.
  • Se intensifica, se acelera y crece evolucionando hasta la vilencia trágica. 
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LA CONVIVENCIA
Aprender a convivir supone aprender a adaptarnos, a enfrentar y resolver los problemas de manera adecuada y respetuosa. Nuestra proyección como seres humanos depende de la capacidad de concertar con otros. 
Convivir también significa aprender a decidir en grupo. Esto implica que existen intereses forman parte del ser humano y de la comunidad, y que son un factor dinamizador de la convivencia social si aprendemos a concertar. 
El conflicto en sí no tiene necesariamente que ser negativo, y tampoco es algo que se pueda eliminar: La clave se centra en la necesidad de un manejo eficaz de aquel para evitar posibles costos sociales y humanos. 
La concentración debe tomar en cuenta los intereses y propósitos de la mayoría, pero sin excluir a la minoría. Cuando una concertación excluye a alguien (persona o grupo), este no se siente obligado y buscará trangredir o atacar la concertación.
   
La condición más importante de la concertación es que nos obliga a todos a aceptar los térmrminos del acuerdo y a comprometernos a su cumplimiento. La concertación puede darse a todo nivel: familiar, barrial, regional, nacional e internacional. Puede ser modificada si los concertantes no están deacuerdo, para lo cual debenestablecerse las reglas para realizar cambios. 

La concertación puede ser un propósito, una meta, estatuto, acta, convenio, capitulación, contrato,etc. Cuando es una concertación de toda una sociedad, la llamamos Constitución.

En las sociedades menos desarrolladas, la concertación se logra a base de la fuerza: el más fuerte impone sus intereses. Un avance mayor supone la intervención del poder judicial para resolver los conflictos. Pero la situación ideal que se observa en las sociedades más avanzadas es la aplicación de métodos alternativos para la resolución de conflictos.
La costitución reconoce estos métodos como parte de nuestra legislación.

Resolución de conflictos.

Art. 190. Se reconoce el arbitraje, la mediación y otros procedimientos alternativos para la solución de conflictos. Estos procedimientos se aplicarán con sunección a la ley, en materias en las que por su naturaleza se pueda transigir. En la contratación pública procederá el arbitraje en derecho, previo pronunciamiento favorable de la Procuraduría General del Estado, conforme a las condiciones establecidas en la ley.

Personaje.
Tocqueville y la democracia nortemericana.
Charles Alexis Clérel de Tocqueville (1805-1859) fue un pensador y estudioso de los sistemas políticos que tuvo gran influencia sobre el pensamiento democrático en la Europa del siglo XIX. 
Hacia la década de 1830, Tocqueville realizó un viaje a los Estados Unidos. 
Allí encontró una sociedad dominada por el afán del bienestar material y el individualismo. Fiel a sus ideas republicanas, fijó su atención en la cuestión de cómo, en un régimen democrático, se conservaba el acceso de las masas al gobierno;de ahí surgió su preocupación por 《 la teranía de las mayorías》, la cual lo llevó a valorar, como grandes virtudes democráticas, al pluralismo y al apego a las leyes que podían garantizar la supervivencia del sistema.







  

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