martes, 25 de agosto de 2015

La constitución del Ecuador como ley suprema del país.

La constitución es la norma básica de un Estado democrático. Constituye  el conjunto de reglas fundamentales mediante las cuales se se ejerce poder estatal. 
Define y delimita las funciones de los distintos órganos del Estado, así como los derechos y responsabilidades de los ciudadanos.

Este cuerpo máximo legal es la base sobre la que se fundamentan y de la que se derivan todas las leyes, decretos, reglamentos y normas que regulan la vida del Estado, sus instituciones y la sociedad. Es la norma suprema; ninguna ley puede tener más importancia que la constitución.

Esta ley suprema es la expresión de cómo se organiza la sociedad al momento de ser redactada. En su elaboración confluyen las diferentes fuerzas políticas que existen en la colectividad, fuerzas que colocan en este texto su visión sobre cómo debería funcionar una sociedad en determinado momento histórico.

Un ejemplo de cómo los artículos contenidos en cada constitución responden a la cosmovisión de la época es que en las primeras constituciones de Ecuador solo los hombres adultos poseían una cierta cantidad de dinero y propiedades eran considerados ciudadanos. Mujeres, jornaleros y asalariados estaban excluidos de este derecho. Asimismo, durante el gobierno de García Moreno la religión fue un factor excluyente: solo los católicos podían ser cuidados.

En algunos casos, en la Carta Magna se realizan pequeños ajustes que responden a las demandas de los tiempos posteriores a aquel en que fue expedido el texto constitucional. En otros casos, plantean verdaderas rupturas de la concepción de la organización social, como fue el caso de la constitución de muchos Estados socialistas o, en menor medida de la última constitución de nuestro país, que transformó la visión de tres funciones clásicas: ejecutiva, legislativa, y judicial, y las aumentó a cinco, con la inclusión de las funciones de transparencia y control social.

A la Constitución de 1998 se le reconoció un sustancial avance en la materia de incorporación de derechos civiles y políticos. A la Constitución de Montecristi (2008) se le atribuye el generar un cambio de paradigma sobre la concepción del estado y el modelo de desarrollo. En la Carta Magna, el reconocimiento de los derechos de la naturaleza juega un rol fundamental. Además, presenta también un sustancial avance en materia de concreción de los derechos de los ciudadanos.



Los nueve títulos de la constitución del Ecuador del 2008.
I Elementos constitutivos del Estado.
Nombra los principios fundamentales que rigen al Estado ecuatoriano, establece los deberes primordialesmdel Estado y define la soberanía nacional.

II DERECHOS.
Identifica los derechos que reconoce el Estado, entre ellos: del buen vivir, de las personas y grupos de atención prioritaria, de las comunidades, pueblos y nacionalidades; de libertad; de la naturaleza; protección. Determina las responsabilidades ciudadanas.

III GARANTÍAS CONSTITUCIONALES.
Describe las garantías que ofrece el Estado para el cumplimiento de los derechos identificados en el Título II.

IV PARTICIPACIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL PODER.
Aborda los mecanismos de participación democrática. Identifica las funciones legislativas, ejecutiva, judicial y de justicia indígena, de transparencia y control social, y electoral. Define las responsabilidades de la administración pública.

V ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO.
Determina los principios de organización del territorio nacional, las funciones y atribuciones de los gobiernos autónomos descentralizados y las competencias de cada una de estas funciones.

VI RÉGIMEN DE DESARROLLO.
Determina los principios generales con los que se plantea el desarrollo del Estado: la planificación participativa; la soberanía alimentaria y económica; la identificación de los sectores estratégicos; la descripción de los servicios y empresas públicas, del trabajo y de la producción.

VII RÉGIMEN DEL BUEN VIVIR.
Se relaciona con los principios de inclusión y equidad y el respeto a la biodiversidad y los recursos naturales. 

VIII RELACIONES INTERNACIONALES. 
Recoge los principios que regulan los tratados e instrumentos internacionales y aquellos que plantean la integración latinoamericana.

IX SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN. 
Determina sus principios y los procedimientos de reforma constitucional.


ACTIVIDADES:
1. Nuestro país ha tenido 20 constituciones. Formen grupos de trabajo. Investiguen el número de constituciones que han tenido otro países de la región. Comparen si nuestro país es un caso muy particular o similar a otros países de América Latina. Presenten ideas que expliquen por qué el país ha tenido este número de constituciones. Compartan en forma oral con los demás grupos.


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